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Abogados Para DUI

Preguntas frecuentes

Respuestas a las preguntas que más nos hacen tras un arresto por conducir bajo los efectos del alcohol en California.

Justo después del arresto

¿Cuánto tiempo tengo para contratar a un abogado especializado en casos de conducción bajo los efectos del alcohol?

Inmediatamente. El plazo de 10 días para la audiencia del DMV es crucial; si no lo cumple, su licencia será suspendida automáticamente. Además, la intervención temprana de un abogado nos permite: preservar la evidencia, investigar mientras los recuerdos están frescos, presentar la solicitud de audiencia del DMV a tiempo, iniciar la negociación con el fiscal, identificar testigos y preparar la defensa más sólida. Esperar reduce las opciones de defensa y puede costarle su licencia.

¿Debería haberme sometido a la prueba de alcoholemia?

Una vez arrestado, está obligado a someterse a una prueba química (de aliento o de sangre) según la ley de consentimiento implícito de California. La negativa conlleva: suspensión de la licencia por 1 año (primera infracción), suspensión por 2 años (antecedentes de DUI), suspensión por 3 años (múltiples antecedentes), penas más severas en un caso penal, y el fiscal puede informar al jurado que usted se negó (conciencia de culpabilidad). Sin embargo, la negativa implica que no habrá evidencia de BAC en su contra. Las pruebas de sobriedad en el lugar de los hechos (FST) antes del arresto son voluntarias; puede negarse sin ninguna penalización.

¿Qué sucede inmediatamente después de un arresto por conducir bajo los efectos del alcohol en California?

Te llevarán a la cárcel, te ficharán y te pondrán en libertad (normalmente entre 6 y 12 horas). El agente te confiscará la licencia y te expedirá una licencia temporal rosa válida por 30 días. Tienes 10 días para solicitar una audiencia ante el DMV para impugnar la suspensión automática de la licencia.

¿Puedo ser arrestado por conducir bajo los efectos del alcohol aunque no esté conduciendo?

Sí, si usted tiene el control físico real del vehículo. Esto incluye estar sentado en el asiento del conductor con las llaves puestas, incluso si el motor está apagado. Sin embargo, podemos cuestionar si usted realmente tenía el control o conducía.

¿Cuál es el límite legal de alcohol en sangre en California?

0.08% de alcoholemia para conductores de 21 años o más. 0.04% para conductores comerciales (CDL). 0.01% para conductores menores de 21 años (tolerancia cero). También puede ser condenado según el artículo 23152(a) del Código de Vehículos por conducir bajo los efectos del alcohol, incluso si su nivel de alcoholemia es inferior a 0.08%.

¿Qué debo hacer inmediatamente después de ser arrestado por conducir bajo los efectos del alcohol?

Lo más importante es no esperar. La fiscalía ya está trabajando en su caso desde el momento de su arresto, por lo que necesita un abogado cuanto antes. Contáctenos al (888) 309-3323 para una consulta gratuita y confidencial. Cuanto antes tenga un plan de acción, mayores serán sus posibilidades de reducir o desestimar los cargos.

El DMV y tu licencia

¿Qué es un dispositivo de bloqueo de encendido (IID)?

Alcoholímetro instalado en su vehículo que requiere que dé negativo (0.001T BAC) antes de arrancar el motor. Obligatorio para todos los infractores por DUI en California. Primer DUI: mínimo 6 meses. Costo: $2.50/día ($75/mes) más instalación ($100-$200). Le permite conducir en cualquier lugar (no solo al trabajo).

¿Cuánto tiempo me suspenden el permiso de conducir por conducir bajo los efectos del alcohol?

Primera infracción por conducir bajo los efectos del alcohol: 6 meses (4 meses si se sometió a la prueba; puede obtener una licencia restringida con dispositivo de bloqueo de encendido inmediatamente). Segunda infracción por conducir bajo los efectos del alcohol: 2 años (licencia restringida con dispositivo de bloqueo de encendido después de 1 año). Tercera infracción por conducir bajo los efectos del alcohol: 3 años (licencia restringida con dispositivo de bloqueo de encendido después de 18 meses). Cuarta infracción por conducir bajo los efectos del alcohol: 4 años (licencia restringida con dispositivo de bloqueo de encendido después de 18 meses).

¿Puedo conducir mientras espero mi audiencia en el DMV?

Sí. Si solicitas la audiencia dentro de los 10 días, tu licencia seguirá siendo válida hasta la fecha de la audiencia (normalmente entre 30 y 90 días después). Puedes conducir con normalidad durante este periodo.

¿Qué sucede en una audiencia del DMV?

Audiencia administrativa donde el funcionario del DMV decide si suspende su licencia. Presentamos evidencia que cuestiona: (1) si el funcionario tenía causa razonable para detenerlo, (2) si existía causa probable para arrestarlo por conducir bajo la influencia del alcohol (DUI), (3) si conducía con una concentración de alcohol en sangre (BAC) de 0.08% o superior, o si estaba bajo la influencia. Ganar la audiencia del DMV significa conservar su licencia.

¿Cuál es el plazo de 10 días del DMV y por qué es fundamental?

Tiene exactamente 10 días naturales a partir de la fecha de su arresto para solicitar una audiencia administrativa ante el DMV. Si no la solicita dentro de ese plazo, la suspensión automática de su licencia comenzará el día 31. Solicitar una audiencia pospone la suspensión hasta la fecha de la misma y le da la oportunidad de conservar su licencia.

¿Cuál es la diferencia entre los cargos penales por conducir bajo los efectos del alcohol y la suspensión del permiso de conducir por parte del DMV?

Son dos procedimientos separados. El tribunal penal determina la culpabilidad y las sanciones (cárcel, multas, libertad condicional). La audiencia administrativa del DMV determina la suspensión de la licencia. Se puede ganar uno y perder el otro; hay que litigar ambos por separado.

Cargos y sanciones

¿Cuándo se considera delito grave conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas en California?

Cuatro formas: (1) Cuarto DUI dentro de 10 años (delito grave automático incluso sin accidente), (2) DUI que causa lesiones a otra persona (VC § 23153), (3) DUI que causa la muerte (homicidio vehicular PC § 191.5 o asesinato Watson PC § 187), (4) Cualquier DUI con condena previa por DUI grave.

¿Cuál es el período de revisión de casos de DUI (conducir bajo los efectos del alcohol) en California?

Diez años, medidos de fecha de arresto a fecha de arresto (no de condena a condena). Cualquier condena por conducir bajo los efectos del alcohol dentro de los 10 años posteriores a un nuevo arresto por el mismo delito se considera antecedente penal y conlleva penas más severas. Transcurridos 10 años, los antecedentes penales ya no conllevan penas más severas, pero permanecen en el registro delictivo.

¿Cuánto tiempo permanecen en mi expediente las condenas por conducir bajo los efectos del alcohol?

De forma permanente, a menos que se eliminen los antecedentes penales conforme al artículo 1203.4 del Código Penal. A efectos de agravamiento (considerándose como "antecedentes por conducir bajo los efectos del alcohol"), las condenas cuentan durante 10 años, desde el momento de la detención hasta la detención inicial. Los registros del DMV muestran la condena por conducir bajo los efectos del alcohol durante 10 años. Las verificaciones de antecedentes penales muestran la condena por conducir bajo los efectos del alcohol de forma permanente, a menos que se eliminen los antecedentes.

¿Cuánto dura el curso para conductores ebrios en California?

Depende de la infracción. Primera infracción por conducir bajo los efectos del alcohol: 3 meses (30 horas) o 9 meses (60 horas) si la concentración de alcohol en sangre es superior a 0,201 TP3T. Segunda infracción: 18 meses. Tercera/cuarta infracción: 30 meses (el programa más largo, 2,5 años). Los costos varían desde $500 (3 meses) hasta $3500 (30 meses).

¿Iré a la cárcel por mi primer DUI?

Es posible, pero no siempre. La primera infracción por conducir bajo los efectos del alcohol conlleva una pena de cárcel de 48 horas a 6 meses, pero la mayoría de los infractores primerizos reciben de 2 a 3 días (a menudo sustituidos por servicio comunitario) o ninguna cárcel si se les concede la libertad condicional. La segunda infracción por conducir bajo los efectos del alcohol conlleva una pena obligatoria de 96 horas (4 días). La tercera infracción conlleva una pena obligatoria de 120 días (4 meses).

¿Cuánto cuesta una multa por conducir bajo los efectos del alcohol en California?

Primer DUI: $10,000-$18,000 en total (multas, programa DUI, aumentos de seguro, IID, honorarios de abogados, salarios perdidos). Segundo DUI: $15,000-$25,000. Tercer DUI: $20,000-$35,000. Cuarto DUI (delito grave): $25,000-$50,000+.

¿Qué sanciones me esperan por conducir bajo los efectos del alcohol en California?

Las sanciones varían según las circunstancias del caso. Conducir bajo los efectos del alcohol por primera vez generalmente se considera un delito menor con multas, suspensión de la licencia y programas educativos obligatorios. Reincidir en este delito conlleva sanciones mucho más severas y una mayor probabilidad de ir a la cárcel. Los casos que involucran lesiones, homicidio vehicular o múltiples condenas previas pueden clasificarse como delitos graves con consecuencias serias. Los conductores comerciales pueden perder su licencia profesional incluso con una primera infracción. Por eso, es fundamental una evaluación personalizada de cada caso.

Reducciones y resultados

¿Se puede reducir o desestimar mi cargo por conducir bajo los efectos del alcohol?

Sí, de varias maneras: (1) Detención ilegal (violación de la Cuarta Enmienda): se suprimen todas las pruebas, lo que conlleva el sobreseimiento del caso; (2) Pruebas de alcoholemia defectuosas: resultados de alcoholemia poco fiables; (3) Defensa por aumento del nivel de alcohol en sangre: nivel de alcohol en sangre legal al conducir; (4) Falta de causa probable para el arresto; (5) Falta de control físico real del vehículo. También negociamos la reducción de los cargos a conducción temeraria con o sin alcohol cuando el caso presenta debilidades.

¿Cuál es la diferencia entre conducción temeraria en mojado y conducción temeraria en seco?

Conducción temeraria bajo los efectos del alcohol (VC § 23103.5): Conducción temeraria CON anotación de alcohol. Cuenta como DUI previo durante 10 años. Requiere un programa de alcohol de 6 semanas. Mejor que DUI, pero aún se considera antecedente. Conducción temeraria sin alcohol (VC § 23103): Conducción temeraria SIN anotación de alcohol. NO cuenta como DUI previo. No requiere programa de alcohol. La mejor reducción posible (aparte del sobreseimiento). Muy raro: solo en casos de fiscalía extremadamente débiles.

¿Conducir bajo los efectos del alcohol de forma temeraria cuenta como un antecedente por conducir ebrio?

Sí. El delito de conducción temeraria bajo los efectos del alcohol (VC § 23103.5) se considera un antecedente por conducir bajo los efectos del alcohol durante 10 años. Si se le arresta por conducir bajo los efectos del alcohol dentro de los 10 años posteriores a una condena por conducción temeraria bajo los efectos del alcohol, se le tratará como un segundo delito de este tipo, con una pena obligatoria de 96 horas de cárcel, un programa de 18 meses y una suspensión de 2 años de la licencia.

Trabajar con el bufete

¿Están disponibles fuera del horario de oficina o los fines de semana?

Sí, estamos disponibles las 24 horas del día, los 7 días de la semana, para emergencias. Si usted o un familiar ha sido arrestado, puede llamarnos en cualquier momento. También ofrecemos visitas a la cárcel y aceptamos llamadas por cobrar para que pueda contactarnos incluso estando detenido.

¿Hablan español? ¿Tienen personal bilingüe?

Sí, contamos con un equipo completamente bilingüe que habla su idioma y comprende su cultura. Nos especializamos en la defensa de los derechos de la comunidad hispana en Los Ángeles y en toda California, por lo que toda la comunicación, la documentación y los servicios se pueden brindar en español.

¿Ofrecen consultas gratuitas y planes de pago?

Sí. Evaluamos su caso sin costo ni compromiso. También ofrecemos planes de pago flexibles para que pueda acceder a representación legal de calidad sin preocuparse por pagar todo de una vez. Puede llamarnos al (888) 309-3323 para programar su consulta gratuita.

¿Qué tipos de casos de conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas (DUI) usted maneja?

Nos encargamos de todo tipo de casos de DUI (conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas), incluyendo casos de DUI por primera vez, reincidencia (segunda, tercera o cuarta infracción), DUI por menores de edad (conductores menores de 21 años), DUI por medicamentos recetados, DUI por drogas (DUID), DUI con lesiones, homicidio vehicular, DUI por delitos graves, negativa a someterse a pruebas químicas, conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas (BUI) y DUI para conductores comerciales (CDL). Cada caso es único y requiere una estrategia personalizada.

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